Abogados del Maule, brinda asesoría legal en la hacer un testamento para aquellos que deseen regular la repartición de sus bienes para aquel día en que ya no estén. Si deseas hacer un testamento con nuestra ayuda, puedes contactarnos a los teléfonos, Whatsapp o correos disponibles desde cualquier lugar de Chile.
En nuestro derecho existen distintas formas de hacer un testamento, algunos son más solemnes que otros. Un testamento lo que nos permite es disponer o regular con anticipación de los bienes que se dejen al fallecer. Además el testamento nos permite nombrar una persona que administrará los bienes mientras no se adjudiquen, sirve para reconocer un hijo o para efectuar una declaración cualquiera.
¿Cómo hacer un testamento?
l testamento es un acto por el cual una persona dispone de todo o parte de sus bienes para que sean heredados después de que fallezca. Por medio del testamento, el testador puede ordenar en parte la distribución de sus bienes una vez fallecido, de manera distinta de cómo lo haría la ley si no hubiera otorgado un testamento estando vivo, en cuyo caso se aplican las normas del Código Civil sobre sucesión intestada (es decir, si no dejas testamento, la ley se encarga de repartir tus bienes). Pero, ¿Cómo se hace un testamento?, ¿Sirve o no de algo hacer un testamento?.
Si quieres de alguna forma resguardar tu patrimonio y disponer de este, es conveniente evaluar la posibilidad y si es conveniente hacer un testamento para proteger a los seres que mas amas cuando no estés.
Cómo se hace un testamento en vida en Chile es una pregunta que se responde desde según el tipo de testamento que hablemos:
Testamento abierto: Es redactado por un abogado, que lo envía a una notaría y en donde concurre a firmar el testador. Se llama testamento abierto pues el texto puede ser escrito previamente por el testador y es dado a conocer por este. El notario deberá leerlo a viva voz ante la presencia de tres testigos mayores de 18 años que acompañan al testador, quien debe inscribir sus datos y los de los testigos, así como una declaración de hallarse en pleno uso de sus facultades. Finalmente, tanto testador, como testigos y notario, deben firmar el testamento.
Testamento cerrado: En este caso el testador redacta con un abogado el testamento, lo lleva luego ante notaría en un sobre sellado y firmado por él, por tres testigos mayores de 18 años y el notario, además de inscribir la fecha de otorgamiento. Finalmente, el testador deberá manifestar, a viva voz, que en el interior del sobre se encuentra su testamento. El testamento cerrado es aquél en que no es obligatorio que el testador de a conocer su contenido, por tanto se enteran de aquel recién al fallecimiento del testador.
¿Qué pasa si no dejo testamento?. ¿Cómo se reparten en aquel caso mis bienes?.
Si una persona muere sin dejar testamento, es la ley la que establece lo que sucederá con su herencia. Aquella establece los beneficiarios y en qué porcentaje heredan:
- Primero se pagan las deudas y obligaciones del fallecido.
- Todos los hijos reciben el mismo porcentaje de bienes.
- Si hay un cónyuge y un hijo, los bienes se reparten mitad cada uno.
- Si hay más hijos, al cónyuge le corresponde el doble de lo que recibe cada hijo. Por ejemplo, una herencia de un millón de pesos se debe repartir entre el cónyuge y 3 hijos. Entonces el cónyuge recibirá 400 mil pesos y cada hijo 200 mil.
- Si hay algún hijo fallecido, heredarán esa parte sus hijos (si los tuviera) en partes iguales.
- En el caso que no haya cónyuge (por viudez o divorcio), la herencia se reparte en partes iguales entre los hijos.
- Si no hay cónyuge ni hijos, heredan los padres del fallecido, o los abuelos, o los hermanos o los parientes consanguíneos más cercanos, en ese orden.
¿Puedo dejar mis bienes a quien yo desee por medio de un testamento?
Cuando nos llaman para hacer un testamento y para que lo redactemos, muchas personas consultan por testamento para mejor amiga, testamento para novio, testamento para polola o porque desean hacer un testamento para dejar todos sus bienes a un único hijo y excluír a otros. Frente a esto, respondemos siempre lo mismo. En Chile la libertad para testar está restringida, porque el testador debe respetar a los asignatarios forzosos, es decir, hay una parte de la herencia que obligatoriamente debe dejarse a determinadas personas, por tanto si el testador quiere saltarse las reglas, debe optar por otras vías para ello, de ser posibles.
Todas las disposiciones del testamento que no respeten esto, no tendrán valor y se ajustarán en la medida que fuere necesario.
En tu testamento debes respetar estas normas:
– El 50% de tus bienes deben ser repartidos forzosamente como se describe en el apartado anterior.
– Un 25% se denomina “cuarta de mejoras” y puedes utilizarlo para “mejorar” la herencia de algunos de tus herederos legítimos. Por ejemplo, puedes darle un 10% más a tu cónyuge y un 15% más a alguno de tus hijos.
– El 25% restante puedes disponerlo como desees. Puedes dejarlo para cualquier persona, sea alguno de los herederos anteriores o no. También puedes disponer que lo reciba alguna organización.
¿Cuándo puedo disponer en forma absoluta de la totalidad de mis bienes?
Si el testador no tiene asignatarios forzosos, podrá disponer con absoluta libertad sobre todos sus bienes.
Por el contrario, si el testador tiene asignatarios forzosos, sólo podrá disponer con absoluta libertad de una parte de sus bienes:
- Si dejó descendientes, sólo podrá disponer con absoluta libertad de la cuarta parte de sus bienes.
- Si no dejó descendientes, sólo podrá disponer con absoluta libertad de la mitad de sus bienes.
¿Quiénes son herederos forzosos?
Los herederos forzosos en Chile, son los herederos que el testador está obligado a incluir como beneficiarios de sus disposiciones testamentarias y que se suplen, en caso que no los contemple en su testamento, por la ley.
Los herederos forzosos son fundamentalmente aquellas personas que están incluidas en el primer y segundo orden de sucesión propio de los herederos legales el Chile.
Es decir, Los herederos forzosos son el cónyuge, los hijos, o padres del causante si no hay hijos, a quienes se les añade las personas que tengan derecho a pensión alimenticia.
Si hay herederos forzosos, el 50% de los bienes va a los herederos forzosos, el 25% va para mejorar a alguno de los beneficiados por la primera mitad (según desee el que deja el testamento), y el otro 25%, a quien el testador desee.
¿Es recomendable hacer un testamento?
Hacer un testamento es recomendable porque es un procedimiento rápido, sencillo, económico y es útil para decidir sobre el destino del patrimonio y evitar así problemas a posteriori a familiares y allegados. El testador (la persona que hace el testamento) puede ordenar sus deseos y saber que se cumplirán, en gran parte, cuando no esté.
El testamento es la única posibilidad que tiene una persona para disponer con libertad de parte de sus bienes, por eso es importante que se utilice en caso de que se tenga la intención de favorecer a un tercero después de su muerte.
El testamento es un acto unilateral, es decir, que interviene la voluntad de una sola persona, en este caso del testador, quien puede disponer de todas las cosas que acumuló durante su vida, propiedades, vehículos, inversiones entre otros, a favor de terceros.
Los efectos del testamento solo entrarán en vigor una vez que el testador o causante fallezca, y mientras viva podrá hacer todos los cambios que quiera a su testamento, la veces que quiera. Cómo existen ciertas restricciones en chile para testar, es fundamental que redacte el testamento un abogado, para evitar errores y complicar a aquellos que se desea favorecer.
¿Se puede revocar un testamento?
¿Tengo obligadamente que incluír a mis familiares en mi testamento?
¿Cómo puedo saber si una persona ha dejado testamento?
¿Cómo debo proceder si deseo hacer un testamento con nuestra asesoría?
En caso de que el testamento sea la vía adecuada, lo redactaremos y guiaremos en el paso a paso a seguir.
Consulta civil en Talca
Si esta guía se relaciona con contratos, demandas, precario, herencias o documentos civiles, podemos orientarte según los antecedentes.